5-febrero-26 (Pro Policía Informa) – La Policía de Puerto Rico emitió la Directriz PPR-2026-03, mediante la cual se establecen oficialmente las normas relacionadas con el uso de barbas, vello facial, tatuajes y la apariencia personal de todos los miembros de la uniformada, incluyendo a los cadetes.
¿Qué establece la directriz sobre las barbas?
Según el documento oficial, se autoriza el uso de barba y bigote siempre que:
Estén debidamente recortados, definidos y aseados. No excedan una longitud máxima de ¼ de pulgada. Mantengan una apariencia pulcra, profesional y compatible con la dignidad del servicio público.
La directriz dispone además que únicamente se permitirán los estilos de barba y vello facial ilustrados en el anejo oficial del documento. No se autorizarán estilos distintos a los allí representados.
En cuanto al color, se establece que tanto el cabello como la barba, de estar teñidos, deberán mantener tonos naturales. Quedan prohibidos los colores llamativos o no naturales.
Consideraciones adicionales
La apariencia personal no podrá representar riesgo, desventaja operativa ni interferir con el uso del equipo oficial. Cualquier excepción deberá ser evaluada y autorizada exclusivamente por la autoridad nominadora, conforme a las funciones asignadas al miembro. El incumplimiento de la directriz podrá conllevar medidas disciplinarias.
Vigencia
La Directriz PPR-2026-03 entró en vigor el 5 de febrero de 2026 y deroga cualquier normativa previa que resulte incompatible con lo allí dispuesto.
Fuente de FB/ Sangre Azul
